SE RATIFICA MEDIANTE LEY EL CONVENIO 167 DE LA OIT

Mediante ley Nº 545 de fecha 14/07/2014 del Estado Plurinacional de Bolivia, se ratifica el convenio Nº 167 de la Organización Mundial del Trabajo, celebrado en Ginebra en la 75ª reunión de la conferencia general sobre seguridad y salud en la construcción, de fecha 20/06/1988.
El campo de aplicación del mencionado convenio, es para todas las actividades de construcción, trabajos de edificación, obras públicas y los trabajos de montaje y desmontaje, incluidos cualquier proceso, operación o transporte de obras, hasta la conclusión del proyecto.
Se establece medidas de protección y prevención como ser en lugares de trabajo, andamiajes y  escaleras de mano, aparatos elevadores y de izado, vehículos de transporte y de movimiento de tierra de manipulación de materiales, instalaciones, maquinas, equipos y herramientas manuales. Trabajos de altura incluido tejados, posos túneles, etc.

Se espera que esta nueva ratificación de un convenio internacional, pueda llevárselo a la práctica y no sea como muchas normas que simplemente son bellos escritos legalistas, llenos de retorica sin aplicación concreta por parte de las instancias competentes.
TRABAJADORES CONSTRUCTORES BOLIVIANOS 

Entradas populares de este blog

EL DESALOJO ADMINISTRATIVO

JURISPRUDENCIA EN DERECHO ADMINISTRATIVO